viernes, 29 de enero de 2010

jueves, 21 de enero de 2010

ACCIÓN URGENTE FIRMA POR LA NO EXTRADICIÓN DE JUAN MANUEL CARRANZA

Juan Manuel Carranza puede ser extraditado a Perú para ser juzgado en un proceso sin garantías y donde su vida y su seguridad corren peligro. La extradición le causaría un daño irreparable a él y a su familia.
Os solicitamos la firma personal y/o de la organización del manifiesto adjunto y enviarla a noextradicion.juanmanuel@gmail.com
Más información del caso: http://juanmanuelcarranza.blogspot.com



CONTRA LA EXTRADICCIÓN A PERÚ DEL ABOGADO Y MEDIADOR VECINAL
JUAN MANUEL CARRANZA

Las personas y organizaciones abajo firmantes manifiestan su rechazo a la extradición del ciudadano español de origen peruano, D. Juan Manuel Carranza, por los siguientes motivos:

D. Juan Manuel Carranza, que actualmente trabaja como mediador barrial para la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid, ha sido imputado por el Poder Judicial peruano en base a supuestas circunstancias ocurridas en Perú durante el periodo que va de finales de los ochenta hasta 1997.

En los noventa y bajo el mandato de Alberto Fujimori fueron frecuentes los procesos-montaje o falsos procesos en los que se acusaba de terrorismo a toda la disidencia política. Las denuncias se basaban en declaraciones forzadas o compradas a cambio de inmunidad, y buscaban, como se ha demostrado, reprimir y amedrentar a los movimientos sociales y a la población en general y presentar “resultados” aunque fuese con personas inocentes.

D. Juan Manuel Carranza, licenciado en Derecho, ejercía su actividad como pasante dentro de la Asociación de Abogados Democráticos del Perú y colaboraba con defensas penales, incluso de personas acusadas de delitos “subversivos”, de acuerdo con el derecho de toda persona a contar con defensa legal profesional. Por ello fue perseguido, detenido y torturado. Como consecuencia, tuvo que exiliarse a Argentina en 1996 donde obtuvo la condición de asilado político.

Los cargos o “pruebas” contra D. Juan Manuel Carranza son inconcretos e insustanciales y están basados en declaraciones obtenidas bajo tortura que luego fueron retiradas, de personas que lo hicieron para obtener impunidad. Algunas pruebas hacen referencia a 1997, año en que ya estaba exiliado en Argentina.

En caso de ser extraditado y juzgado en Perú, el proceso no ofrece garantías tanto por las dificultades o imposibilidad de desmontar testimonios debido al tiempo transcurrido, como, sobretodo, por la falta de independencia de la justicia y tribunales en este tipo de procesos altamente politizados y con un gobierno como el actual, ansioso también de “resultados”.

En caso de ser extraditado no está garantizada su vida y su seguridad debido no sólo a la falta de garantías procesales, sino también a la inhumana y degradante situación de las prisiones y al estado de salud del propio Juan Manuel. Las propias autoridades peruanas, y recientemente la Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional españoles, en el caso del español Salvador Alfonso Escrivá han reconocido que las prisiones peruanas no garantizan la vida y la seguridad de las personas inculpadas internadas. Por este motivo han rechazado una petición de extradición del Estado peruano hacia esta persona.

La extradición causaría daños irreparables a Juan Manuel y su familia, esposa e hijos menores de muy corta edad, todos ellos de nacionalidad española y residentes en España.

La consideración del estado de salud de D. Juan Manuel Carranza, con una invalidez física reconocida de un 33%, producto de las torturas a las que fue sometido en Perú, impondría en cualquier caso la no concesión de la extradición por temor fundado a tratos inhumanos y degradantes o por motivos humanitarios.

Por lo cual se solicita no se conceda la extradición, o se aplique el principio de no devolución, aplicable plenamente en este caso.

COMITÉ DE APOYO A LA NO EXTRADICIÓN DEL ABOGADO
JUAN MANUEL CARRANZA LAURENTE

Laura Sánchez Uriarte, Psicóloga
Carlos Ernesto Mondada Banda, periodista.
Asociación de Vecinal Quintana de Madrid.
Bárbara Paz, Trabajadora Social.

domingo, 3 de enero de 2010

NO A LA EXTRADICCIÓN DE JUAN MANUEL

El Comité de Apoyo al ciudadano español de origen peruano, Juan Manuel Carranza Laurente, Abogado egresado en l990 de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, quien es objeto de un pedido de Extradición por el gobierno del Perú, considera que la petición no es procedente porque se origina en hechos que estuvieron vinculados al ejercicio de su profesión y por la ausencia de veracidad en la pertenencia subversiva que se le imputa.

Ejercía como pasante (practicante) en la Asociación de Abogados Democráticos, entidad dedicada a defender: la vigencia de las leyes del es tado democrático del Perú; el libre ejercicio del derecho a la defensa; los derechos humanos; el respeto a la vida; todos principios de convivencia emergentes de los acuerdos internacio-nales firmados por aquel Estado.

El hecho de que en el ejercicio de sus trabajos, esta Asociación de Abogados defendie se eventualmente a insurgentes, les colocó en la mira de grupos paramilitares como "Rodrigo Franco", "Colina" y del sistema represivo peruano: el aparato policial y los poderes judicial, legislativo y ejecutivo. La legislación que en el año 1992 emanó del Golpe de Estado de Fuji-mori, incluidos los Decretos Leyes antisubversivos, violó la intangibilidad del derecho a la defensa de los detenidos, suspendió las acciones de Hábeas Corpus y Amparo, así como las libertades individuales y otros derechos fundamentales. En ese contexto, surgieron acusaciones contra los abogados e integrantes de la Asociación, que permitieron la persecución, el encarcelamiento y hasta produjo la muerte y desaparición de algunos de ellos. Es el caso de los abogados Jorge Cartagena Vargas, muerto en prisión y el de Wilfredo Terrones Silva, de-saparecido hasta hoy. Repudiamos el encarcelamiento injusto y atemorizador de personas durante muchos años, quienes luego fueron absueltos por falta de pruebas. Todo ello en cir-cunstancias de un enfrentamiento fratricida que los españoles debemos entender muy elocuentemente.

En obediencia a esa legislación ilegal Juan Manuel fue detenido al realizar una diligen-cia jurídica, interrogado y torturado durante 15 días entre Septiembre y Octubre del año 1992. Era una práctica muy común contra los acusados de apoyar la subversión, torturarlos para obtener declaraciones autoinculpatorias y/o “delatoras” – los “arrepentidos” – para luego ser procesados penalmente. Fue liberado por ser inocente, pero continuó siendo objeto de una intimidatoria persecución. En 1994, no soportándolo más, se vio obligado a abandonar su ciudad natal, Lima, y se trasladó a una Provincia del interior. Allí continuó desenvolvién-dose en actividades legales, como periodista, integrante de un estudio de abogacía y como profesor.

En 1996, al no cambiar esta situación de persecución, decidió huir hacia Argentina, en donde obtuvo el estatuto de Refugiado. Dos años después decide trasladarse a España para reunirse con la mayoría de su familia que ya residía aquí, ingresando en agosto de 1998 y solicitando Asilo, lo que fue admitido a trámite y denegado en el 2001. En ese mismo año un nuevo gobierno en el Perú, promulgó una legislación antisubversiva que revisaba la del régimen de Fujimori, por su origen inconstitucional. Se reiteraron errores que permitieron la renovación de los cargos contra los integrantes de la Asociación de Abogados Democráticos y se volvió a acusar a los antiguos acusados y perseguidos.

Juan Manuel, desde el año 1998 no ha salido de España y como parte de sus esfuerzos por integrarse y arraigarse en la sociedad española, se desenvuelve como Mediador vecinal. Es especialista en promover relaciones interculturales y de paz en los barrios del Dis trito de Villaverde. Constituyó familia con su compañera de vida María Cirila y tienen dos hijos de 5 y 2 años, Sacha y Yuri, de nacionalidad española. La posible y no deseada ausencia de Juan Manuel de su hogar, les dejaría inmediata y brutalmente sin sustento. A pesar de la cobertura social del Estado español, no existe la posibilidad automática de que María comience a trabajar y de que sus hijos encuentren rápidamente asistencia estatal. Toda esta situación de arraigo y proyección de futuro de la familia Carranza Atahualpa se ve agravada por la minusvalía física de un 33% de Juan Manuel, adquirida por las torturas reiteradas a que fue sometido durante su detención en 1992.

A favor de Juan Manuel y en respuesta a las falaces publicaciones de Abril del año pasado aparecidas en diarios limeños informando sobre su “detención en Madrid sin oponer resistencia”, habla el hecho de haberse presentado voluntariamente ante los jueces españo-les manifestando su extrañeza por la continuidad de esta peligrosa y añeja persecución. No existe ninguna prueba sobre su supuesta pertenencia subversiva, salvo los testimonios de un torturado que se retractó y de un “arrepentido” que afirma haberlo visto en Lima en 1997, cuando Juan Manuel residía ya en Argentina con el estatuto de Refugiado desde 1996. Resul ta por demás sospechoso que el actual Gobierno peruano lo pretendiera extraditar el año pa-sado junto a otros dos abogados, refugiados en Inglaterra y Chile. A sabiendas que el princi-pio de no devolución de refugiados es inviolable. Intentaron el despropósito, recibiendo el rechazo lógico y democrático a sus pretensiones.

Es evidente que aceptar el requerimiento del gobierno peruano pone en peligro la vida de Juan Manuel con total seguridad. En primer término, porque sus brutales cárceles son un reflejo del estado de subdesarrollo social, económico y político del país. Jamás en-contraría la atención médica, necesaria para su pervivencia. La seguridad vital en las cárceles peruanas es insignificante para cualquiera y en el caso de un preso acusado de subversión es menor aún. Los tratos inhumanos y degradantes están más que garantizados. Y lo que es más grave: su condición de perseguido político y testigo de las observaciones, vigilancias y seguimientos de las fuerzas de seguridad y paramilitares del Estado peruano lo convierten en presa codiciada para ser silenciada en cuanto se presente la primera oportunidad. De todo esto hablan los 101 asesinatos de civiles a manos de elementos policiales producidos en el Perú durante los casi cuatro años de gobierno del actual Gobierno (1); los numerosos informes de atentados, amenazas y persecuciones contra defensores de derechos hu-manos, testigos y operadores de justicia; así como el fallo negativo a un requerimiento del Estado peruano para la extradición de un ciudadano español por comisión de un delito común, (EL Mundo 24.11.2009) (2) emitido por una Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de Madrid, la cual argumenta con los mismos motivos que aquí detallamos.

Nos encontramos ante un caso claro de ataque arbitrario y carente de causas reales, a los derechos fundamentales y la estabilidad del abogado Juan Manuel Carranza Laurente y de su familia, razón por la cual damos estado público a esta situación y solicitamos al Gobierno de la Nación Española y a la judicatura del país, que no se dé curso a la petición de Extradición realizada por el Gobierno del Perú y el Estado peruano.

COMITÉ DE APOYO A LA NO EXTRADICIÓN DEL ABOGADO
            JUAN MANUEL CARRANZA LAURENTE
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Laura Sánchez Uriarte, Psicóloga
Carlos Ernesto Mondada Banda, periodista.
Asociación de Vecinos Quintana de Madrid.
Bárbara Paz, Trabajadora Social.